Perú
Perú recientemente ha adecuado su legislación introduciendo nuevos tipos penales, entre los que se incluyen sanciones por la vulneración o elusión de medidas tecnológicas, con pena no mayor de 2 años y multa de 10 a 60 días multa, e igualmente recibe este tratamiento la vulneración de la información relativa a la gestión de derechos. En materia de piratería a escala comercial la pena es de entre 2 y 8 años y multa de entre 60 a 120 días multa, igual pena recibe quien comercialice dispositivos capaces de eludir medidas tecnológicas. Si la conducta se agrava por pertenecer a una organización delictiva se aumenta el mínimo de la pena a 4 años y la multa llega hasta 365 días multa. El cálculo del valor de los días multa se debe efectuar conforme a cada caso, pues estos equivalen a los ingresos del infractor, de manera que pueden variar. Sin embargo un rasero mínimo es el cálculo del ingreso mínimo mensual que asciende a U$150, es decir U$5 diarios. En materia aduanera se ha promulgado el Decreto Legislativo 1092 de 2008, relativo a medidas en frontera, permite la suspensión de la actividad aduanera por solicitud del titular del derecho o de oficio en el caso en que tenga conocimiento de la infracción al derecho. Perú ha adecuado su legislación a las obligaciones derivadas de la firma y ratificación del TLC con Estados Unidos, ubicándose en consecuencia en una posición de coincidencia con los principales desarrollos legales en la materia en derecho de autor. Desafortunadamente en esta materia no se cuenta con información suficiente. Encontramos que la información presentada por las aduanas corresponde a casos de propiedad industrial, lo que señala la importancia de hacer una clara diferenciación entre los derechos derivados de la propiedad industrial y el derecho de autor. Las demás entidades señalan recolectar cifras en relación con la piratería pero no se hace mención al tipo de información que se recolecta. Por otra parte es diciente que la fuente de información relativa a cifras en materia de piratería sea lo divulgado por IIPA, con las características de dicha información. Se encuentra información que señala la existencia de campañas de divulgación y sensibilización a la población en relación con la piratería, por medio de televisión, escritos, salas de cine, promovidas estas fundamentalmente por las instituciones privadas como la industria audiovisual, la Cámara Peruana del Libro y el Instituto Nacional de Cultura. Campañas que en un futuro pueden comenzar a medir su impacto y a las cuales pueden vincularse otros sectores para darles un mayor peso institucional. En materia de actividades de capacitación se encuentra que las entidades de fiscalía y aduana reciben este tipo de formación de manera regular, no sucede así con la policía cuya capacitación no es especializada en propiedad intelectual. En esta materia las entidades encuentran dentro de sus funciones y organización las herramientas necesarias para cumplir con su deber de represión y enjuiciamiento del delito. No hay en Perú consideraciones de estado de necesidad como atenuantes de la responsabilidad penal. Los procedimientos de allanamiento, detención e incautación se producen en casos de flagrancia o en dado caso bajo autorización judicial. Perú ha creado la denominada Cruzada Antipiratería, como la suma de esfuerzos de las industrias culturales para coordinación de acciones operativas y la promoción de las mismas industrias por medio del respeto de los derechos de los autores. La integran el Ministerio Público, la policía y las mencionadas industrias. Se trata de un esfuerzo importante que debe crecer en la vinculación de otras entidades y en la realización de acciones de largo plazo y de mayor impacto. Ahora, en relación con las prioridades de cooperación, las necesidades de las entidades se dirigen especialmente a la necesidad de capacitación y hacia su fortalecimiento logístico. La Oficina Nacional Competente, la Oficina de Derecho de Autor del INDECOPI promueve la formulación de políticas en la materia, convocando a los diferentes sectores implicados en dichas políticas. El accionar de la Oficina destaca la actividad de capacitación a jueces, fiscales y personal de aduana. Además se tiene consideración de la utilidad que puede representar el hecho de contar por parte de dicha oficina de funciones jurisdiccionales por dos razones, la descongestión judicial por una parte, y el grado de especialización de la materia. La Oficina Nacional como parte de los recursos que se deben invertir en las políticas los dirigidos a formación, concientización y educación en materia de derecho de autor en todos los niveles. Dicha Oficina participa activamente en las actividades de control de las fiscalías. Salvo en el caso de las aduanas, la policía y la fiscalía si cuentan con grupos especializados en materia de propiedad intelectual.LEGISLACIÓN Subir... PRODUCCIÓN DE ESTADÍSTICAS Subir... PLANES DE ACCIÓN, ESTRATEGIAS Y CAMPAÑAS Subir... CONTROL DE LA PIRATERÍA Subir... RESULTADOS Y EXPERIENCIAS DE LAS ALIANZAS ESTRATÉGICAS EN LA LUCHA CONTRA LA PIRATERÍA Subir... POLÍTICAS NACIONALES SOBRE LA LUCHA CONTRA LA PIRATERÍA Subir... ESTUDIOS O INVESTIGACIONES SOBRE LA TEMÁTICA Se encuentra información relativa a estudios sobre impacto económico de la propiedad intelectual, e impacto del TLC en el sistema de propiedad intelectual peruano. Así mismo se encuentra que a instancias del Convenio Andrés Bello se ha estudiado el impacto de la cultura en la economía peruana. Subir... PROYECTOS FUTUROS Se ha hecho indicación de un proyecto de reglamento de la norma sobre medidas en frontera, el cual esperamos se promulgue prontamente. Subir...


