CERLALC

Políticas nacionales

 
 
 
OFICINAS NACIONALES

Las políticas nacionales en materia de piratería son el resultado de la conjugación de diferentes factores, entre otros, los que se señalan en este diagnóstico.

El liderazgo de las oficinas nacionales competente en materia de derecho de autor es la piedra de toque, el eje fundamental de dichas políticas. Estas oficinas tienen una responsabilidad clara en cuanto a conocer el panorama completo de la problemática de la piratería en su respectivo país, así como en todos los temas relacionados con el derecho de autor, debe ser además consciente de su capacidad de gestión, y en tal sentido cumplir desde su posición en el organigrama del Estado con su papel.

Dentro del desarrollo del diagnóstico hemos encontrado que las oficinas nacionales son una de las principales fuentes de información, pues de hecho deben ser el canal institucional a través del cual se articula el flujo de información.

Desafortunadamente encontramos que no en pocos casos, las oficinas nacionales en la realidad latinoamericana, tienen poca o ninguna visibilidad en sus países, en muchos casos por encontrarse sumidas en una estructura superior asociada a oficinas generales de propiedad intelectual, donde la propiedad industrial opaca, con su músculo económico y de opinión pública, a las acciones de las entidades de derecho de autor. Muestra de ello es la escasa participación de estas oficinas en los foros previos realizados por el CERLALC en la materia que nos ocupa, y donde, de 15 países convocados, participaron 10 oficinas nacionales.

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RECURSOS A INVERTIR

De las respuestas en materia de los recursos a invertir en las oficinas y en las políticas nacionales, se encuentra como lugar común que las oficinas nacionales carecen de recursos financieros suficientes, que la formación especializada en la materia para los diferentes entes que se relacionan con la lucha contra la piratería, es una de las prioridades fundamentales. Podríamos resumir este tema como lo ha expresado República Dominicana en relación con los recursos requeridos:

  • Logística necesaria.
  • Especialización de tribunales.
  • Fortalecer coordinación interinstitucional.
  • Apoyo técnico a nivel internacional
  • Intercomunicación entre países.
  • Agenda común.

Así mismo es causa de preocupación que dichas oficinas nacionales carecen de autonomía, cuentan con escasos presupuestos y personal, que con grandes esfuerzos busca cumplir con una responsabilidad que no se compadece con el número de personas a cargo. En tal sentido, el llamado generalizado es al fortalecimiento institucional de dichas oficinas, que les permita posicionarse en los estados como uno de los entes clave para determinar políticas que con toda seguridad deben repercutir en el desarrollo económico, social y cultural de sus respectivos países.

A través de lo analizado en relación con las alianzas interinstitucionales en materia de lucha contra la piratería, puede evidenciarse cómo existe una necesaria interacción entre diversas entidades del orden público y privado. Cada oficina nacional debe tener el peso suficiente para interactuar, en el alto nivel, con ministerios de diferentes áreas y otras entidades que se relacionan con el derecho de autor. Esto significa participar en la toma de decisiones en la materia.

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DEFINICIÓN DE POLÍTICAS

Ahora bien, si la oficina nacional tiene un liderazgo en las políticas nacionales en materia de derecho de autor y por lo tanto en materia de piratería, no puede olvidarse que la conformación de una política pública requiere de la participación de todos los sectores relacionados, de allí la importancia del liderazgo. Anotamos sobre este particular que no hubo una respuesta mayoritaria a la inquietud presentada a los países en relación con la identificación de diferentes sectores o actores que deberían participar en la definición de las políticas en materia de piratería.  De los 15 países solamente 4 dieron respuesta a esta inquietud, quienes coinciden que tal participación debe comprender a todas las entidades relacionadas con el derecho de autor en el ámbito privado y público. Y que como lo señala Colombia, deben participar las entidades encargadas de formulación de políticas, las ejecutoras (fiscalía, policía aduanas), entidades Jurisdiccionales, entidades públicas del sector cultura y educación, entre otras.

Sobre esta temática, no contamos con una muestra representativa en relación con la definición de las entidades que participan en la definición de políticas, pues dicha información fue proporcionada apenas por 5 países de los 15 que hacen parte de este diagnóstico. De ello podemos deducir que no existe una preocupación real en la definición de políticas en relación con la piratería, pues una política en materia de lucha contra la piratería comprende un rango de toma de decisiones orientadas hacia un fin determinado y previamente establecido por medio de un diagnóstico y evaluación de la problemática de cada país. Sin ello, las acciones que se realicen en este tema, al carecer de un norte de acción, serán constantemente aisladas, de bajo impacto, carentes de concertación, y por lo tanto de corta duración.

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FUNCIONES JUDICIALES OFICINA NACIONAL COMPETENTE

Por otra parte, las oficinas nacionales en relación con la piratería pueden tener ciertas funciones, que van desde su labor como líderes en la definición de políticas, como ya lo hemos observado, hasta su función como organismo técnico especializado, que por lo tanto puede apoyar la labor de control.

Al respecto existen diferentes posiciones, donde se discute si una oficina de este tipo debe mantenerse en su labor eminentemente técnica y de políticas y no desarrollar funciones jurisdiccionales, o de asistencia judicial o policiva en el combate a la piratería, como es el caso colombiano, o si por el contrario estas oficinas si deben tener este tipo de participación, como puede observarse en el caso peruano, hondureño, entre otros.

Esta discusión no tiene lugar a ser resuelta en este espacio, pues finalmente, depende de la organización de cada país. Si es importante, en cambio, entender que proporcional a las funciones que cumple cada oficina, debe existir un músculo institucional correlativo que le permita hacerlo, de lo contrario, será una institución débil. Al respecto debemos señalar, que la decisión en relación con las funciones que debe cumplir una entidad como la oficina nacional competente de cada país, es de hecho, el primer paso en la definición de las políticas de Estado en la materia.

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GRUPOS ESPECIALIZADOS PARA LA LUCHA CONTRA LA PIRATERÍA

Finalmente, en materia de políticas, se quiso identificar los casos en cada país en que las instituciones principales encargadas del control de la piratería (Oficina Nacional, Fiscalías, Policía, y Aduanas), cuentan o no con grupos o cuerpos especializados para este tema.

País 
Oficina Nacional CompetenteFiscalía
Policía 
Aduana 
Bolivia
NONO, existe un fiscal encargado de investigación de piratería que actúa con SENAPI
NO, pero en implementación 
Unidad de Análisis Criminal e Inteligencia
Chile

NONONO, se encuentra en estudio
Colombia
NOUnidad Nacional de Delitos contra la PI. 25 personas, 7 fiscales y un jefe de unidad. (1998)Grupo de Derechos de Autor, PI y telecomunicaciones del Grupo de Delitos Informáticos DIJIN - Coord con fiscalíaNO
Costa Rica
CapacitadoresNONO
Dirección de Investigación Especializada Dpto de PI, Min. seguridad Pública. 10 personas.
Cuba
    
Ecuador
Conoce del cometimiento del delito y asume la responsabilidad de remitir la causa al Min Púb.Unidad de delitos contra la PI del Distrito de Guayas. 1 fiscal, secretario y amanuense (2006)Unidad Especializada para Delitos contra DANO
El Salvador
 Grupo PI. Oficina del Fiscal de San Salvador, Unidad Fiscal de Delitos de Patrimonio Privado y la PI. Jefe de unidad, coordinadora de fiscales y 4 agentes. (1997)  
Guatemala
Aporte de información de registroFiscalía de Sección de Delitos contra la PI. 1 fical de sección, 1 agente fiscal. 4 auxiliares fiscales, 3 oficiales de fiscalía, 1 secretaría, 4 invest de policía (1998)Grupo investigativo de apoyo directo - Fiscalía. DIPA - Puertos y aeropuertos.NO 
Honduras
 Unidad de Protección a la Propiedad Intelectual.
1 fiscal jefe, 1 fiscal auxiliar, 1 perito. (2005)
Unidad contra contrabando y delitos contra la PI. 
NO
MéxicoNOUnidad Especializada en Investigación de Delitos contra DA y Pind. 1 Titular, 3 direcciones generales, 6 direcciones de área, 37 agentes de Min Púb, apoyados por policía y peritos. (2003)
  
Nicaragua

NO 
 NO 
PanamáInformación de Registro. Apoyo en inspecciones y decomisos.
Fiscalía Especializada en Delitos Contra la PI. 1 fiscal, 2 asistentes/agentes, 2 secretarias, 8 tramitantes, 2 funcionarios de apoyo. (1998)
División especializada de delitos contra la PI. 1 Jefe, 1 secretaria, 8 investigadores.Grupo especializado. 1 especializado jefe de departamento, 2 funcionales y 6 operativos (1998).
Perú
No atiende delitos contra derecho de autor, pero si participa activamente con Fiscalía especializada en PI.
Fiscalía Especializada contra la PI y Delitos Aduaneros.  3 fiscales. (2003)
Unidad Especial de la Policía Nacional para Delitos contra los derechos intelectual, bajo la dirección del Ministerio Público
NO
República Dominicana
NO. Pero brinda apoyo logístico a policía y Min Púb, y coordina con ellos. Presenta informes técnicos a los jueces magistrados.
SI. 1 fiscal, 2 abogados asistentes, 1 secretaria. Coordina operativos, da apoyo logísitico a la ONDA en las investigaciones de piratería, recibe denuncias de ciudadanos. (4 años de antigüedad)
Departamento de Falsificaciones de la Policía Nacional.
Únicamente para puertos pero no para aeropuertos.
Venezuela
    
 
Visto lo anterior, pueden evidenciarse algunas circunstancias, donde aparece un mayor índice de grupos especializados en materia de propiedad intelectual (no exactamente un grupo especializado en materia de piratería), es al interior de las fiscalías, el cual es el primer paso en este aspecto, sólo Chile, Costa Rica y Nicaragua (además de la ausencia de respuesta de Cuba y Venezuela), muestran no tener este tipo de grupos. Bolivia por su parte, aunque no cuenta con un grupo especializado, da cuenta por lo menos de un funcionario encargado de la temática, quien trabaja en coordinación con el SENAPI, lo cual es obviamente insuficiente en todo caso, y no dudamos en que se trate de un funcionario sobrecargado.

Dada la naturaleza de la labor de las fiscalías, o en general de los entes que se encargan de la persecución del delito, el contar con un grupo especializado mayor o menor en esta materia ya es muestra de políticas nacionales específicas en el interés del control de la piratería. Por medio de la especialización, se logra favorecer el nivel de respuesta ante la delincuencia, con una mayor efectividad, con una mayor seguridad tanto para los implicados, como para las víctimas, pues el operador jurídico se encontrará con mayor capacidad de fortalecer por medio de su conocimiento especializado, los argumentos que esgrime para lograr que la jurisdicción haga aplicable las penas.

La policía y las aduanas, ya lo han manifestado en otros apartes de este diagnóstico, requieren que se desarrolle políticas en su favor, especializando su actividad, capacitándose, y por lo tanto generando grupos especializados que le den mayor fortaleza operativa. En materia de piratería, este tipo de entidades requiere especialización tanto en los aspectos jurídicos relacionados con el derecho de autor y la piratería, sino especialización técnica para la identificación y apreciación de la mercancía pirata, lo que implica altos conocimientos tecnológicos que les permita tener la capacidad de identificar los medios que la delincuencia utiliza para cubrir su accionar.

Bajo estos supuestos, queremos resaltar que conforme a la información aportada, son escasos los casos en que las aduanas cuentan con grupos especializados en la temática. Lo cual significa desde ya un derrotero claro de acción. Sólo Bolivia, Costa Rica, Panamá, y República Dominicana señalan tener este tipo de grupos especializados.

Ya hemos presentado la discusión en lo relacionado con la existencia o no de grupos especializados en materia de piratería al interior de las oficinas nacionales, lo que debemos señalar en este momento, es que dependiendo de las funciones de tales oficinas, será necesaria la existencia de grupos especializados. Es decir, si la Oficina Nacional cuenta con funciones jurisdiccionales o administrativas de sanción a la piratería, debería contar con grupos especiales que cumplan esta función, de manera que exista distribución de funciones clara y no exista funcionarios con múltiples obligaciones.

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Fuente: consultas a los representantes de las oficinas de derecho de autor, fiscalías, policías y aduanas de los países convocados a los Foros. Recopilación y análisis de la información: David Felipe Álvarez, consultor CERLALC.

Entrada Miembros






   Recordatorio de Inicio de Sesión  

La actualidad en cifras

Según un estudio realizado por la BSA e IDC, una reducción del 10% en el porcentaje de la piratería de software en Argentina podría crear 3.900 empleos, más de US$ 80 millones adicionales en impuestos y más de US$ 630 millones de crecimiento económico.

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Derecho de Autor Regional - DAR
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